Antes de hacer alguna modificación en tu moto debes saber que según la legislación vigente, el  es el encargado de regular las tramitaciones de las reformas de vehículos. En este caso, considera reforma «toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación».

De forma más precisa, el Manual de Reformas de Vehículos (elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación necesaria para su tramitación, puedes consultar este manual en cualquier estación de ITV.

No todas las modificaciones son iguales, muchas reformas deben pasar por un proceso de homologación (que veremos más tarde), aunque vamos a contarte cuáles NO necesitan homologación.

MODIFICACIONES QUE NO NECESITAN HOMOLOGACIÓN

  • Pintura

Puedes conseguir que tu moto sea totalmente nueva y única con una buena capa de pintura.

Puedes cambiar el tubo de escape (respetando el recorrido original) por otro que cumpla con la Directiva 94/24/CE Cap.9 o que sustituyas el catalizador por otro que cumpla la directiva 2005/30/CE.

  • Neumáticos

No necesita homologación ya que no se considera reforma la instalación de neumáticos que cumplan con los siguientes criterios: índice de capacidad de carga igual o superior, código de catergoría igual o superior, igual diámetro exterior con tolerancia de +3% y que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.

Siempre y cuando no se alteren ni los puntos de anclaje ni el número de plazas puede modificarse.

Es obligatorio que si la moto tiene dos plazas tenga un cinturón o asidero para el pasajero.

Puedes instalar una cúpula siempre y cuando no supere la altura máxima que está recogida en la homologación de la moto, o que sea fácilmente desmontable sin ninguna herramienta.

  • Otros

Hay numerosos elementos que pueden instalarse sin necesidad de homologación como maletas, baúles, soportes GPS, alforjas, bolsas sobredepósito, topes, etc.

MODIFICACIONES QUE SÍ NECESITAN HOMOLOGACIÓN   

Alguna de las modificaciones más importantes que necesitan homologación son:

  • Modificación de la posición de la placa de matrícula
  • Sustitución del colector del filtro de aire
  • Cambio del depósito de gasolina
  • Modificación del pedal de marchas
  • Modificación o incorporación de mandos
  • Sustitución del manillar
  • Modificación de intermitentes y luces
  • Sustitución del velocímetro
  • Modificación o eliminación del caballete
  • Modificación o eliminación del carenado
  • Eliminación del asidero para el pasajero
  • Modificación del trazado o la salida del escape

La lista es enorme e innumerable, con lo cuál si tienes dudas y estás pensando en hacer alguna transformación en tu moto te aconsejamos que descargues el Manual de Reformas de Vehículos donde aparece especificado que tipo de modificaciones pueden hacerse y cuales no.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA HOMOLOGAR REFORMAS

La documentación que se necesita para legalizar en la ITV una o varias reformas efectuadas en una moto es la siguiente:

– Informe o dictamen emitido por el fabricante de la moto, o su representante legal  debidamente acreditado en España. Si, como sucede en la mayoría de los casos,  el fabricante de tu moto no autoriza, o no emite el informe favorable para las reformas (normalmente sólo documentan los accesorios originales que vende el propio fabricante), se puede sustituir por otro firmado por un Laboratorio Oficial (Servicio Técnico en el argot del Real Decreto) acreditado en España para Reformas. Estos informes deben indicar que las condiciones de seguridad y de protección medioambiental de la moto tras la reforma, cumplen los requisitos exigidos.

– Certificado del taller o talleres que han efectuado la o las reformas, indicando en qué consiste la reforma y certificando que la misma cumple la normativa vigente.

– En ciertas reformas (modificación de la suspensión, dirección, frenos, carrocería…) se exige además un Proyecto Técnico y un Certificado de ejecución de obra, ambos redactados por un ingeniero competente. El Proyecto Técnico deberá contener unos datos, cálculos y esquemas mínimos para cada tipo de reforma.

Hay empresas o consultores especializados en la tramitación de reformas de vehículos que te pueden preparar muy profesionalmente toda la documentación exigida. Si las reformas son de cierta entidad, el Laboratorio o Servicio Técnico de reformas necesitará efectuar algunos ensayos o pruebas físicamente sobre la moto, para garantizar que se cumplen los requisitos (-actos reglamentarios- en el texto del Real Decreto) exigidos para la reforma en cuestión, por ejemplo, de emisiones de gases de escape, de frenada, o de dirección.

Con los dos o cuatro (según reforma) documentos mencionados en tu poder ya podrás acudir a la estación ITV de tu conveniencia para que, tras una minuciosa inspección del vehículo, anoten las correspondientes reformas en la ficha técnica de tu moto. Con la ficha técnica de nuevo en tu poder y sus correspondientes anotaciones, ya eres de nuevo un «hombre libre» y podrás conducir tu moto perfectamente legalizada.

Después de todo lo comentado te recomendamos que si tienes previsto realizar algunas reformas en tu moto,realices una legalización conjunta de todas, ya que así te resultará más económico que legalizar cada reforma una por una.

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